Las prórrogas de microcréditos pueden hacer que un préstamo de pequeña cuantía termine costando mucho más de lo que parecía al contratarlo. Si has pagado una o varias extensiones para retrasar la fecha de devolución, conviene comprobar cuánto dinero entregaste, qué efecto tuvieron esos pagos sobre la deuda y si existen motivos para reclamarlos junto con el resto del contrato.
En muchos préstamos rápidos, cuando llega el vencimiento y el consumidor no puede devolver todo el capital, la empresa ofrece ampliar el plazo a cambio de un nuevo pago. El problema aparece cuando esa situación se repite: pueden abonarse cantidades importantes sin que el capital pendiente disminuya en la misma proporción.
Una prórroga no es automáticamente ilícita por el mero hecho de tener un coste. Pero su precio, la información facilitada, la forma en que fue contratada, su relación con el préstamo inicial y la acumulación de sucesivas extensiones son elementos que deben revisarse.
¿Qué son las prórrogas de microcréditos?
Un microcrédito suele concederse por una cantidad relativamente pequeña y con un plazo de devolución muy corto.
Si llega la fecha de vencimiento y el prestatario no dispone del dinero necesario para devolver la cantidad exigida, algunas empresas ofrecen una extensión o prórroga del plazo.
A cambio, el consumidor debe pagar una cantidad adicional. Dependiendo del contrato, esa cantidad puede denominarse precio de extensión, coste de prórroga, comisión, tarifa u otra expresión.
Lo importante jurídicamente no es únicamente el nombre utilizado, sino qué función económica cumple ese pago y cómo afecta a la relación contractual.
En algunos contratos, el consumidor paga por ganar unos días adicionales, pero el capital que debe devolver permanece prácticamente igual.
¿Por qué pueden acumularse varias prórrogas?
El plazo inicial de muchos microcréditos puede limitarse a unas pocas semanas.
Si el consumidor necesitó financiación precisamente porque tenía dificultades de liquidez, puede ocurrir que tampoco pueda afrontar de una sola vez el capital y el coste del préstamo cuando llega el vencimiento.
La prórroga ofrece una solución inmediata: pagar una cantidad menor que la necesaria para cancelar completamente el préstamo y obtener más tiempo.
Sin embargo, si al nuevo vencimiento la situación económica no ha cambiado, puede contratarse otra extensión y repetirse el proceso.
Por eso no debe analizarse únicamente el contrato inicial. Hay que sumar lo pagado durante toda la relación y comprobar qué parte de esas cantidades redujo realmente el capital.
¿Qué estás pagando realmente cuando solicitas una prórroga?
Para responder correctamente hay que revisar las condiciones del contrato y de cada extensión.
Una cuestión especialmente importante es comprobar si el importe abonado se aplica total o parcialmente a amortizar capital o si constituye exclusivamente el precio de disponer de más tiempo.
Reduce la deuda
Parte del pago puede aplicarse a disminuir el capital pendiente, además de cubrir otros conceptos.
Solo amplía el plazo
El consumidor paga una cantidad por aplazar el vencimiento, pero sigue debiendo prácticamente el mismo capital.
Esta diferencia es esencial para calcular cuánto ha costado realmente el préstamo.
Si se han pagado varias extensiones sin reducir de forma significativa el principal, la suma de esas cantidades puede convertirse en una parte muy relevante del coste total soportado.
La prórroga forma parte del análisis económico del préstamo
Cuando revisamos un microcrédito no analizamos únicamente cuánto dinero recibió el consumidor y cuánto se exigía en el primer vencimiento.
También interesa conocer todas las cantidades que el prestamista ha percibido posteriormente como consecuencia de esa relación: intereses, comisiones, extensiones, penalizaciones y otros cargos.
Cuando resulta aplicable la Ley 16/2011, su artículo 6 define el coste total del crédito para el consumidor incluyendo los intereses, las comisiones, los impuestos y cualquier otro gasto que el consumidor deba pagar en relación con el contrato y que sea conocido por el prestamista.
Esto no significa que cualquier cantidad pagada posteriormente deba incorporarse automáticamente a la TAE inicialmente calculada. Su tratamiento dependerá de la naturaleza del concepto, del momento de contratación y de las circunstancias en las que se haya generado.
Para saber cuánto te ha costado realmente un microcrédito, hay que mirar toda la relación y no únicamente la primera pantalla de contratación.
¿Cuándo pueden reclamarse las prórrogas de un microcrédito?
No existe una regla según la cual toda prórroga deba ser devuelta. Pero hay distintas circunstancias que justifican revisar su validez, su coste y sus consecuencias.
Cuando el préstamo inicial puede ser nulo por usura.
Cuando no estaba suficientemente claro cuánto costaría ampliar el plazo.
Cuando se han encadenado numerosas extensiones que han incrementado extraordinariamente el coste.
Cuando existen dudas sobre qué servicio o contraprestación corresponde realmente a la cantidad cobrada.
Cuando las condiciones de la prórroga pueden provocar un desequilibrio importante en perjuicio del consumidor.
Cuando la empresa reclama una deuda sin reflejar correctamente todos los pagos efectuados.
La valoración debe realizarse sobre el contrato concreto y sobre el histórico completo de pagos.
¿Qué ocurre si resulta aplicable la Ley de crédito al consumo?
La Ley 16/2011 no se aplica a todos los microcréditos. Entre otros supuestos, excluye actualmente los contratos cuyo importe total sea inferior a 200 euros.
Cuando sí resulta aplicable, ofrece elementos adicionales para analizar el coste del crédito y determinadas modificaciones posteriores.
Como hemos visto, su artículo 6 incluye dentro del coste total los intereses, comisiones y otros gastos que el consumidor deba pagar en relación con el contrato y que sean conocidos por el prestamista.
Además, el artículo 22 establece que el coste total del crédito no puede modificarse en perjuicio del consumidor salvo que exista un acuerdo mutuo formalizado por escrito y se respeten los requisitos previstos por la propia norma.
Esto no significa que toda prórroga constituya necesariamente una modificación del coste total sometida al artículo 22. Habrá que estudiar cómo estaba prevista contractualmente y cómo se formalizó cada extensión.
Que quede fuera del ámbito de la Ley 16/2011 no impide aplicar la Ley de Usura ni la normativa general de protección de consumidores cuando corresponda.
¿Puede ser abusiva una cláusula de prórroga?
Cuando el prestatario actúa como consumidor, las condiciones no negociadas individualmente quedan sometidas al régimen de protección frente a cláusulas abusivas.
El artículo 80 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios exige, entre otros aspectos, concreción, claridad, sencillez, accesibilidad y legibilidad en las cláusulas no negociadas individualmente.
Su artículo 82 considera abusivas las estipulaciones no negociadas que, contra las exigencias de la buena fe, causen un desequilibrio importante en perjuicio del consumidor.
Por ello, en una condición que regula extensiones del vencimiento puede resultar relevante estudiar distintos elementos.
Si el coste de la prórroga estaba explicado de forma suficientemente clara.
Si el consumidor podía conocer qué efecto tendría el pago sobre el capital pendiente.
Si podían comprenderse las consecuencias económicas de contratar sucesivas extensiones.
Si la condición genera un desequilibrio importante en perjuicio del consumidor atendiendo al contrato completo.
Si una cláusula se declara abusiva, el artículo 83 establece que es nula de pleno derecho y se tiene por no puesta, manteniéndose el contrato cuando pueda subsistir sin ella.
Puedes consultar también nuestra página sobre cláusulas abusivas .
¿Qué relación tienen las prórrogas con un microcrédito usurario?
La posible usura del préstamo y la validez de las prórrogas no deben confundirse, pero están estrechamente relacionadas cuando queremos reconstruir las consecuencias económicas del contrato.
Si el préstamo inicial se declara nulo por usura, el artículo 3 de la Ley de Usura establece que el prestatario queda obligado únicamente a entregar la suma recibida.
Para efectuar correctamente esa liquidación debe conocerse cuánto dinero recibió el consumidor y cuánto ha entregado posteriormente al prestamista.
Por eso las cantidades abonadas como extensiones o prórrogas deben formar parte de la reconstrucción económica del asunto, sin perjuicio del tratamiento jurídico concreto que corresponda a cada concepto.
Si quieres profundizar en esta cuestión, consulta nuestra guía sobre cuándo puede considerarse usurario un microcrédito .
He pagado varias prórrogas: ¿merece la pena revisar el contrato?
Sí merece la pena revisarlo cuando las extensiones se han repetido, especialmente si después de pagar varias veces el consumidor continúa debiendo una cantidad próxima al capital inicialmente prestado.
En esos casos interesa comparar dos magnitudes básicas.
Capital entregado
Cuánto dinero puso realmente la empresa a disposición del consumidor.
Todos los abonos
Intereses, prórrogas, comisiones y demás cantidades satisfechas durante la relación.
La comparación puede revelar que se han abonado cantidades importantes sin cancelar el préstamo.
Haber pulsado un botón para ampliar el plazo no impide analizar jurídicamente las condiciones de esa extensión ni el contrato del que deriva.
¿Qué ocurre si las prórrogas no redujeron el capital?
Este es uno de los datos que más interesa conocer.
Si cada extensión únicamente desplazó el vencimiento y el capital permaneció intacto, el consumidor puede haber realizado varios pagos sin acercarse realmente a la cancelación del préstamo.
Esto no significa automáticamente que todas esas cantidades sean nulas, pero convierte el histórico de prórrogas en una parte esencial del análisis económico y jurídico.
Cuanto mayor sea el número de extensiones, más importante será reconstruirlas individualmente.
Cuándo se contrató cada prórroga.
Cuánto costó.
Cuántos días adicionales concedió.
Si redujo alguna parte del capital.
Qué saldo quedó pendiente después de pagarla.
¿Y si además he contratado varios microcréditos?
Es frecuente que un consumidor haya celebrado varios préstamos sucesivos con la misma empresa.
En ese supuesto no conviene sumar todas las cantidades sin distinguir a qué operación pertenece cada una.
Debe reconstruirse cada contrato por separado y asociar a él sus pagos, prórrogas, comisiones y posibles reclamaciones.
Después puede obtenerse una visión conjunta de la relación mantenida con la empresa y valorar qué cantidades se han pagado realmente.
En nuestra guía sobre cómo reclamar los intereses de un microcrédito explicamos el análisis general de este tipo de contratos.
¿Qué documentación necesito para reclamar las prórrogas?
En estos asuntos son especialmente importantes los documentos electrónicos, porque la extensión suele contratarse desde una web, una aplicación, un correo electrónico o un enlace enviado por la empresa.
Contrato original del microcrédito.
Condiciones que regulan las extensiones o prórrogas.
Correos y mensajes de confirmación de cada ampliación.
Justificantes bancarios de todos los pagos.
Capturas o documentos del área privada del cliente.
Histórico del saldo antes y después de cada prórroga, si está disponible.
Requerimientos de pago posteriores.
Si no conservas toda la documentación, puede iniciarse igualmente la revisión con lo disponible e identificar después qué información es necesario solicitar.
He pagado prórrogas y ahora me reclaman la deuda
En ese caso resulta especialmente importante comprobar que todas las cantidades abonadas estén correctamente reflejadas y que el saldo reclamado pueda justificarse documentalmente.
No conviene asumir automáticamente como correcta la cifra indicada por una empresa de recobro.
Debe analizarse el contrato, el capital entregado, los pagos, las prórrogas, las comisiones y cualquier penalización añadida.
Si ya existe una demanda o un procedimiento monitorio, comprueba inmediatamente la fecha en la que recibiste la documentación y el plazo que aparece en ella.
Puedes consultar nuestra página sobre defensa frente a reclamaciones de deuda .
Cómo revisamos un caso con varias prórrogas
Identificamos cada préstamo
Separamos cada contrato para evitar mezclar operaciones distintas.
Reconstruimos todas las prórrogas
Comprobamos fecha, importe, duración y efecto económico de cada extensión.
Calculamos el total pagado
Sumamos las cantidades efectivamente satisfechas y las relacionamos con el capital recibido.
Revisamos usura y cláusulas
Analizamos el coste del préstamo y las condiciones que regulan extensiones, penalizaciones y otros cargos.
Determinamos qué puede reclamarse
Solo después de reconstruir la operación puede valorarse correctamente qué acciones existen y cuáles pueden ser sus consecuencias económicas.
Preguntas frecuentes sobre prórrogas de microcréditos
¿Puedo reclamar lo que he pagado por las prórrogas?
Puede existir fundamento para revisar esas cantidades, especialmente cuando el préstamo es usurario, existen problemas en las condiciones contractuales o se han acumulado numerosas extensiones. El resultado depende del contrato y de cómo se configuraron esos pagos.
¿Una prórroga es automáticamente abusiva?
No. Debe analizarse su coste, la información facilitada, la forma de contratación y el eventual desequilibrio que pueda producir en perjuicio del consumidor.
¿Qué pasa si pagué varias prórrogas pero sigo debiendo el capital?
Es una situación que merece ser revisada. Debe calcularse cuánto dinero has abonado en total, qué parte redujo realmente la deuda y qué cantidades correspondieron únicamente a extensiones del plazo.
¿Las prórrogas cuentan si el préstamo se declara usurario?
Deben incluirse en la reconstrucción económica de la relación. Si se declara la nulidad por usura, será necesario determinar cuánto capital recibió el prestatario y qué cantidades ha satisfecho al prestamista, sin perjuicio del tratamiento jurídico concreto de cada concepto.
¿Puedo reclamar si el microcrédito ya está pagado?
El pago completo no impide por sí solo estudiar el contrato. Deben analizarse el fundamento de la reclamación, las cantidades abonadas y las fechas relevantes.
Normativa e información oficial consultadas
Ley de 23 de julio de 1908 sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios , especialmente sus artículos 1, 3 y 9.
Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo , especialmente sus artículos 3, 6 y 22.
Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios , especialmente sus artículos 80, 82 y 83.
Banco de España — Créditos rápidos : información sobre el coste, los plazos, los intereses y las comisiones de este tipo de financiación.
Si has pagado varias prórrogas, merece la pena hacer las cuentas
Un microcrédito pequeño puede haber generado varios pagos antes de quedar cancelado o incluso seguir pendiente después de ellos. Reconstruir el capital recibido, las extensiones y el resto de cantidades abonadas permite saber cuánto te ha costado realmente y si existe fundamento para reclamar.
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